Micelio
Auto21 de marzo de 2018

A- de 2018

Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo

Demandante Sergio Estrada Botero Y Otros

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Recurso De Suplica Contra Auto Que Rechaza Demanda De Inconstitucionalidad
  • Se confirma rechazo por haber operado el fenómeno de cosa juzgada
  • Incompetencia de la Corte por sustracción de materia o carencia de objeto, por cuanto norma demandada fue derogada
1 tema · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Recurso de súplica.

Las demandas de la referencia se rechazaron debido a que: 1º.

Los artículos 25 y 51 de la Ley 789/02 acusados perdieron vigencia al entrar a regir la Ley 1846/17 y, como tal, se configuró la falta de competencia de la Corporación en virtud del fenómeno de la sustracción de materia o carencia de objeto. 2º.

Por la existencia de la cosa juzgada constitucional frente a los artículos 26, 28, 30 y 31 de la Ley 789/02 también demandados.

Considera la Sala Plena que los fundamentos jurídicos de la providencia recurrida tienen pleno arraigo constitucional, están puestos en razón y se ajustan en derecho.

Consecuentemente con lo anterior, se CONFIRMA en su integridad el auto de rechazo.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. RESUELVE
  2. CONFIRMAR el auto del 27 de octubre de 2017, dictado por el Magistrado Sustanciador Alejandro Linares Cantillo, por medio del cual rechazo la demanda, identificada con el numero de radicacion D-12344 A.C.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.